El DECRETO SUPREMO No. 1158 del 6 de mayo elevado a la categoria de ley el 21 de diciembre del mismo año, establece las siguientes misiones y reponsabilidades del IGM.
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La confección del mapa General de la República.
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El levantamiento de la carta fundamental y sus derivados en toda la República.
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La formación de la Carta Militar para las necesidades de la Defensa Nacional.
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La organización de comisiones técnicas y realización de la demarcación de las fronteras internacionales.
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El levantaminto topográfico de las tierras baldías (del Estado) y sus parcelación para fines de colonización.
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La formación de los mapas físicos, político, económico, etc.
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Encargandose directamente de la demarcación de los límites departamentales, provinciales, seccionales y cantonales.
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Mantener relaciones con las instituciones similares extranjeras.
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Asistir a las reuniones que se realicen en el extrajero y a las cuales sea invitado el país.
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Formar los elementos técnicos necesarios para el servicío Geográfico Nacional.
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Cumplir convenios o tratados suscritos con organismos cartográficos internacionales.
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El levantamiento de la carta catastral y científica de las propiedades urbanas y rústicas de la República.